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pegatinas ITV


Invitado jak

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Buenas tardes a todos.

Me dijeron que es obligatorio poner la pegatina de la ITV en la moto al igual que en los coches en un lugar visible.. es cierto y si es asi.. donde y como pongo una pegatina que está hecha para poner en la parte de dentro de un cristal que en mi Zing II no tengo??

Gracias y salu2

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Las pegatinas en las ITV, las hay para pegar por delante o por detras, las que les dan a las motos se pegan por la parte de atras y no necesitas cupula, la puedes pegar en la barra de la horquilla o donde quieras, siempre y cuando no presente dificultad al agente del orden que te requiera verla.

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Así es como la llevo en la moto,junto a los papeles, en el coche si la pongo, pero me dijeron que te pueden multar por no llevarla puesta en la moto, cosa que no sé si es cierta el caso es que tal y como están las cosas y los ánimos recaudatorios que tienen últimamente quería también aclararlo

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Hay que llevara en el vehiculo, pegada en un lugar que no presente dificultad para ser vista, y la dificultad quedara a juicio del agente que nos pare, desde luego llevarla en los papeles o en la guantera es multa segura.

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Pues en mi ITV no llegas ni a tocar la pegatina... te la pegan en el cristal del coche ello o en la orquilla pero siempre ellos no sales de hay sin que te la peguen

 

Pues muy mal hecho por parte de la ITV, quien les dice a ellos donde quieres ponerla ? a lo sumo deben decirte que la tienes que llevar en un lugar visible, nada mas.

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Bueno y ya puestos alguien sabe a cuanto puede ascender la multa? mas que nada porque seguro que a muchos le puede hacer cambiar de opinión, aunque también es cierto que no conozco a nadie que le hayan multado por no llevarla

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Bueno y ya puestos alguien sabe a cuanto puede ascender la multa? mas que nada porque seguro que a muchos le puede hacer cambiar de opinión, aunque también es cierto que no conozco a nadie que le hayan multado por no llevarla

 

Cortesia de " meneame "

 

La DGT podrá sancionar con 200 euros si no tienes la ITV en regla, aunque el vehículo no circule

www.cadenaser.com/sociedad/articulo/coche-itv-garaje/csrc...

por mcmollo el 09-04-2013 19:57 UTC publicado: 10-04-2013 00:55 UTC

Tener un vehículo matriculado, aunque no se mueva, obliga al conductor a tener pasada la ITV y el seguro contratado. Hasta ahora, la única forma que tenía la administración de comprobar si habíamos pasado la inspección era cuando la Guardia Civil nos paraba en carretera y nos pedía la documentación, o cuando queríamos vender el coche. Desde enero la DGT dispone, gracias al programa ITICI, de la información de todos los vehículos que no han pasado la ITV.

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Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos.

Artículo 11. Distintivo de inspección técnica periódica.

1. Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección, cuyo diseño y formato aparece en el anexo III de este real decreto.

2. La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.

 

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2008-5378

 

:silbando

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:-) :-) Tal y como recoge el Reglamento General de Vehículos tras su modificación de 2008,

 

En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva. En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.

 

Reglamento General de Vehículos, :motero

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Bueno y ya puestos alguien sabe a cuanto puede ascender la multa? mas que nada porque seguro que a muchos le puede hacer cambiar de opinión, aunque también es cierto que no conozco a nadie que le hayan multado por no llevarla

 

Cortesia de " meneame "

 

La DGT podrá sancionar con 200 euros si no tienes la ITV en regla, aunque el vehículo no circule

www.cadenaser.com/sociedad/articulo/coche-itv-garaje/csrc...

por mcmollo el 09-04-2013 19:57 UTC publicado: 10-04-2013 00:55 UTC

Tener un vehículo matriculado, aunque no se mueva, obliga al conductor a tener pasada la ITV y el seguro contratado. Hasta ahora, la única forma que tenía la administración de comprobar si habíamos pasado la inspección era cuando la Guardia Civil nos paraba en carretera y nos pedía la documentación, o cuando queríamos vender el coche. Desde enero la DGT dispone, gracias al programa ITICI, de la información de todos los vehículos que no han pasado la ITV.

 

Juer! pues estoy "fregao".... tengo el coche "aparcado" hace ya algunos meses sin ITV ni seguro...(no por que yo quiera, es que tengo primero que hacerle unos arreglos :???: ). Entonces ¿me llegará una multa?...

 

Es que no pego una! jejejeje!

 

 

 

 

 

Si te denuncian son ..............800€.

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Ahora con el programita que llevan la G.C. y los municipales/locales. pueden ver con una simple consulta, metiendo la matrícula en su ordenador, si has pasado la ITV (para qúe llevar la pegatina entonces...) pueden ver si tienes el seguro actualizado, y si te ven circulando ni siquiera te paran. te echan una foto y te mandan la receta a casa.

si el coche está parado la receta es gorda, pero si encima estás circulando ..... :???:

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Ahora con el programita que llevan la G.C. y los municipales/locales. pueden ver con una simple consulta, metiendo la matrícula en su ordenador, si has pasado la ITV (para qúe llevar la pegatina entonces...) pueden ver si tienes el seguro actualizado, y si te ven circulando ni siquiera te paran. te echan una foto y te mandan la receta a casa.

si el coche está parado la receta es gorda, pero si encima estás circulando ..... :???:

 

 

 

Si está circulando la receta asciende a 1200€.

Y he de decir que estoy de acuerdo, sobre todo en el tema del seguro.

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La pegatina es obligatoria llevarla en sitio visible, en los coches ya se ha explicado donde y en las motos también, no vale llevarla en la guantera o con la documentación del vehículo, creo recordar que no llevarla en sitio visible, la sanción es de 200 euros.

 

Saludos.

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Según el art. 11 del R.D. 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos:

 

- Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección, cuyo diseño y formato aparece en el anexo III de dicho R.D.

 

- La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.

 

 

 

 

Además, también se modifica el anexo XI, en su punto 2, del REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS, para la actualización de la señal V-19 “distintivo de la inspección periódica”, que indica:

 

En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva. En el resto de vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible[/color]. La cara sin imprimir del vehículo será autoadhesiva.

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