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Normas para aparcar motos en Madrid.


cadolujo

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  • Administradores

Esto ya se ha hablado muchas veces de ello, pero ya que lo pones lo ampliamos y ponemos el texto.

 

Ordenanza de Movilidad para la ciudad de Madrid (art.62).

 

Acuerdo del Pleno, de 30 de noviembre de 2010. BOCM 16 de diciembre de 2010

 

Los vehículos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas, estacionarán en los espacios específicamente reservados al efecto. En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento, podrán estacionar en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de 2 metros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.

 

No se autoriza el estacionamiento de motocicletas y ciclomotores en estacionamientos destinados a bicicletas y viceversa. En los espacios específicamente reservados para el estacionamiento de motocicletas y ciclomotores, queda prohibido el estacionamiento de vehículos de cuatro ruedas, salvo que exista señalización específica que lo permita.

 

Cuando no sea posible el estacionamiento en calzada o en los espacios reservados previstos anteriormente, los vehículos de dos ruedas podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 metros de ancho con las siguientes condiciones:

 

1. Paralelamente al bordillo, lo más próximo posible al mismo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura inferior a seis metros. En ningún caso se permitirán dos líneas de estacionamiento en la acera.

2. Entre los alcorques, si los hubiera, siempre y cuando el anclaje del vehículo no se realice en los árboles u otros elementos vegetales. En caso de existir más de una alineación de árboles en la acera, únicamente se podrá estacionar entre los alcorques más próximos al bordillo.

3. En semibatería o en ángulo, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 6 metros.

 

4. Fuera de los tramos de acera que coincidan con una reserva señalizada para persona de movilidad reducida, carga y descarga, sin obstaculizar paradas de transporte público o pasos de peatones, así como en zonas señalizadas con prohibición de estacionamiento o parada por motivos de seguridad.

 

5. En el caso de que exista acera-bici, el ancho mínimo disponible se contará desde el límite interior de la acera-bici a fachada. El acceso a las aceras, andenes y paseos se realizará con diligencia. Únicamente se podrá utilizar la fuerza del motor para salvar el desnivel de la acera.

 

No podrá estacionarse este tipo de vehículos en plazas, zonas ajardinadas, calles de prioridad peatonal o calles peatonales, salvo señalización en contrario.

 

Queda prohibido el estacionamiento de motocicletas y bicicletas privadas en los espacios destinados al estacionamiento de bicicletas públicas. No se podrá estacionar este tipo de vehículos anclados al mobiliario urbano, ni sobre tapas de registro y servicios.

 

Los estacionamientos de motocicletas y ciclomotores de más de dos ruedas se regirán por las normas generales de estacionamiento.

 

 

 

FUENTE: http://www.madridmovilidad.es

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  • Administradores

Si el circular por el carril bus y bus-vao tambien, pero ojo aunque normalmente pasen solo los de dos ruedas, o sea que mp3 o cuadro a todos los efectos puede ser sancionado al igual que el las zonas de estacionamiento controlado, que tienen que pagar cuando los de dos ruedas no.

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  • Administradores
Gracias por la información, Fede.

Aunque yo me pregunto .... vale, yo tengo que aparcar el bicho en zona normal, no de motos de 2 ruedas, vale, pero si tengo que comprar el ticket de la ORA ¿dónde *oño lo pongo?

Buena pregunta, jeje.

 

Me imagino que pillado en las manetas de freno, que es donde te ponen el boletin de denuncia ellos.

 

Aunque como no tengas una tarjeta de estacionamiento recargable que te permite poner la matricula, pagas, te lo quita algun listo y encima de pagar te multan.

 

Se que se han dado casos, pero normalmente no multan a los vehiculos de 3 ruedas en las aceras, al menos en Madrid capital.

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Gracias por la información, Fede.

Aunque yo me pregunto .... vale, yo tengo que aparcar el bicho en zona normal, no de motos de 2 ruedas, vale, pero si tengo que comprar el ticket de la ORA ¿dónde *oño lo pongo?

Buena pregunta, jeje.

 

Me imagino que pillado en las manetas de freno, que es donde te ponen el boletin de denuncia ellos.

 

Aunque como no tengas una tarjeta de estacionamiento recargable que te permite poner la matricula, pagas, te lo quita algun listo y encima de pagar te multan.

 

Se que se han dado casos, pero normalmente no multan a los vehiculos de 3 ruedas en las aceras, al menos en Madrid capital.

 

No sabía lo de las tarjetas recargables, pero lo de pillar el ticket en alguna parte y que algún listo se la lleve ..... era por lo que hacía la pregunta.

Gracias, Fede.

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  • Administradores

Las tarjetas, antes te las daban los vigilantes de la hora si se las pedias, aunque a ellos se las daban con cuentagotas, luego el ayuntamiento decidió que mejor que el que la quisiese fuese a por ellas a la calle Covarrubias 1 que tienen unas oficinas.

 

Pues con la tarjeta te ahorras dinero al poder poner el importe justo, y en cambio con monedas siempre les regalas algo por no tener muchas veces monedas de 5 o 10 centimos.

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