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Circulacion entre coches.


lasllanas

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Este tema creo que afecta a la mayoria. A mi particularmente a diario,  me encuentro con retenciones dia si, dia tambien, y paso al lado de una furgoneta de la ertzaintza  aparcada en el arcen siempre, ya casi acabamos saludando,

Con miedo de que algun dia llegue una receta, queria estar preparado.

Tengo entendido que :

La circulación entre vehículos no se esta prohibida en la circulación dentro de poblado. La ley dice que durante el adelantamiento, el conductor que lo efectúe deberá llevar su vehículo a una velocidad notoriamente superior a la del que pretende adelantar y dejar entre ambos una separación lateral suficiente para realizarlo con seguridad.

Fuera de poblado creo que la ley cambia , ya que me parece que hay que dejar un espacio de 1,50 metros

entiendo que, ante una situación de atasco y con vehículos parados, dentro de poblado,no seria un adelantamiento y podría ser  una circulación destinada a favorecer la fluidez del tráfico, circunstancias excepcionales,......?

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Se puede adelantar y/o circular cuando hay un atasco de coches, estamos hablando en población; otra cosa distinta es cuando los vehículos estén circulando en paralelo, entonces no está permitido, aunque esto lo hacemos a diario, aquí influye el criterio del agente de tráfico, pero indudablemente estamos infringiendo.

En carretera está prohibido, a no ser que dejemos 1.5 metros de margen y siempre por la izquierda, asimismo, por el arcén está prohibido circular, y es obvio que adelantar tampoco.

Todos sabemos cómo circulan las motos cuando hay un atasco, y los agentes de tráfico están más ocupados que en discernir por dónde adelantamos.

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Me paso en ciudad  un caso, adelantando en atasco, con un coche de la policia en el carril derecho , saco la mano por la ventana , haciendome el gesto de que no con el dedo. Ahi me quede clavado.Pero lo mismo te hace eso, que te toma matricula y pasa receta.

Pero bueno, sera cuestion de quien te encuentres,

gracias.

 

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Se puede adelantar por la derecha en poblado en situaciones concretas: cuando el vehículo que nos preceda tenga intención de parar o girar a la izquierda, cuando exista un tranvía en el carril central de la calzada, y cuando la vía tenga más de dos carriles en cada sentido de la calzada. 

También insisto porque lo he comentado varias veces, de la interpretación que haga ( o las ganas de denunciar) que tenga el agente de tráfico, que ésta es otra, sólo pueden denunciar los agentes que estén regulando o encargados de la regulación del tráfico o vigilancia, si lo hace cualquier otro agente, es David contra Goliath, me refiero a poder demostrarlo que no se encontraba regulando el tráfico.

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