Alelsandra Publicado 20 de Enero del 2018 Compartir Publicado 20 de Enero del 2018 Buenas pues eso, habéis tenido oportunidad de probar cómo va la versión limitada y la que no?? Consumos, el 0 a 100/km.h, manejo, modo rain ( todo ésto con la limitada ) He podido observar en algún comentario del foro que estando limitada va bastante bien hasta 160 y a partir racanea un poco, se baja creo yo unos 8 cv. ,aun así esta en el mismo caballaje de las t-máx Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
ismaelnu83 Publicado 20 de Enero del 2018 Compartir Publicado 20 de Enero del 2018 Buenas. Yo la tengo limitada y la diferencia es poca tanto en aceleracion como en punta. Eso si, el modo rain esta desactivado. Lo puedes poner pero no cambia nada va siempre en full. Aun asi a mi tambien me gustaria saber mas sobre la diferencia, en octubre la podre deslimitar y lo hare jeje. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Alelsandra Publicado 20 de Enero del 2018 Autor Compartir Publicado 20 de Enero del 2018 Hace 45 minutos , ismaelnu83 dijo: Buenas. Yo la tengo limitada y la diferencia es poca tanto en aceleracion como en punta. Eso si, el modo rain esta desactivado. Lo puedes poner pero no cambia nada va siempre en full. Aun asi a mi tambien me gustaria saber mas sobre la diferencia, en octubre la podre deslimitar y lo hare jeje. Creo yo que esos 8 cv menos lo habrán compensado en una aceleración más lineal siendo menos brusco el acelerador y por ende se supone que hasta tiene que gastar menos, aun así no creo que me deba preocupar tanto debido que las tmax lleva el caballaje similar (46cv) Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
ismaelnu83 Publicado 20 de Enero del 2018 Compartir Publicado 20 de Enero del 2018 Que no te preocuope, la aceleracion es muy buena. Pero el comportamiento dinamico en general es excelente, el mejor de todas las maxiscooter si buscas deportividad. Ten claro lo que buscas y pruebalas, la tmax ahora es mas touring, mas suave. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
AKcarbone Publicado 10 de Febrero del 2018 Compartir Publicado 10 de Febrero del 2018 En mi opinión y desde el desconocimiento creo que Kymco la podía haber homologado con la potencia justa para poderla llevar con el A2 y nos habría ahorrado mucho jaleo. Hay muchos coches sobre todo algunos turbodiesel que dan más potencia de la declarada. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
ismaelnu83 Publicado 10 de Febrero del 2018 Compartir Publicado 10 de Febrero del 2018 Cuando la deslimite sobre octubre os lo dire, para enpezar creo que se pierde unos 10/15km hora de punta,la aceleracion debe ser muy similar. Tambien interesa para que funcione el modo lluvia. Saludos Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Alelsandra Publicado 11 de Febrero del 2018 Autor Compartir Publicado 11 de Febrero del 2018 Hace 21 horas, AKcarbone dijo: En mi opinión y desde el desconocimiento creo que Kymco la podía haber homologado con la potencia justa para poderla llevar con el A2 y nos habría ahorrado mucho jaleo. Hay muchos coches sobre todo algunos turbodiesel que dan más potencia de la declarada. Pues si, tienes razón algo podía haber echo, a mi y supongo que a todos los que la limitamos nos sale el limitarla / deslimitarla 450 euros más y eso es dinero Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
JD400 Publicado 16 de Octubre del 2018 Compartir Publicado 16 de Octubre del 2018 En 11/2/2018 en 13:53 , Alelsandra dijo: Pues si, tienes razón algo podía haber echo, a mi y supongo que a todos los que la limitamos nos sale el limitarla / deslimitarla 450 euros más y eso es dinero Si, pero quizás pensaban en el Tema Marketing... A primera vista el posible comprador "lee" mas CV....¿me explico?... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Sergio cardos Publicado 17 de Octubre del 2019 Compartir Publicado 17 de Octubre del 2019 En 11/2/2018 en 13:53 , Alelsandra dijo: Pues si, tienes razón algo podía haber echo, a mi y supongo que a todos los que la limitamos nos sale el limitarla / deslimitarla 450 euros más y eso es dinero Hola yo tengo pensado ya des limitarla y me piden 670€ con ITV pasada en verdad te sale 450€ . Eso si te hacen comprar la centralita y la limitada le e dicho q ya q es mía me la quedó ya que pago la otra, haber si alguien del Grupo lo ha realizado y cuanto le ha costado, un saludo. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
abhang Publicado 18 de Octubre del 2019 Compartir Publicado 18 de Octubre del 2019 @Sergio cardos, no escribas en modo SMS, te lo digo para entenderte mejor. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Sergio cardos Publicado 18 de Octubre del 2019 Compartir Publicado 18 de Octubre del 2019 ?? Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
jimay72 Publicado 19 de Octubre del 2019 Compartir Publicado 19 de Octubre del 2019 Pues yo sólo puedo opinar sobre la limitada que es como está la mía. Para empezar Sí noto la diferencia entre el modo RAIN y el FULL POWER la entrega de potencia en el modo RAIN es más similar a mi SuperDink ( obviamente más potente pero en esa progresividad) Mi moto tiene ahora 1750 km y apretándole lo más que he llegado a ver son 164 km/h . Eso sí sin pasar de poco más de 7000 rpm . He leído por ahí que llega a alcanzar 192 o así pero no puedo confirmar este punto , pues yo no lo he visto en la mía. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Sergio cardos Publicado 21 de Octubre del 2019 Compartir Publicado 21 de Octubre del 2019 Limitada la abre puesto a 170 máximo estoy pidiendo en otro lado precio porque donde la compre me piden 670€ quitar la limitación con ITV la verdad tengo ganas de probarla sin limitar para ver la diferencia ya que ha partir del próximo domingo me podré sacar el carnet a si hubiese alguien por Barcelona que le haya quitado la limitación y pueda decir cuanto le a salido y el sitio se lo agradecería, un saludo akeros. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
C4RME18 Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 Y que pasaría si la limitará pasaras Itv y la vuelves a deslimitar y la llevas así hasta sacarte el carnet A? Enviado desde mi SM-N975F mediante Tapatalk Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Chulma Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 Hace 36 minutos , C4RME18 dijo: Y que pasaría si la limitará pasaras Itv y la vuelves a deslimitar y la llevas así hasta sacarte el carnet A? Enviado desde mi SM-N975F mediante Tapatalk Si te pillan, pues tendrás la multa correspondiente, piensa que es como circular sin carnet y con una moto "trucada" Además, en caso de accidente grave, puedes llegar a tener problemas con el seguro La verdad, es que con la escasa diferencia en potencia que puede haber, yo no me la jugaba Salu2 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Lito-277 Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 Si te pillan, pues tendrás la multa correspondiente, piensa que es como circular sin carnet y con una moto "trucada" Además, en caso de accidente grave, puedes llegar a tener problemas con el seguro La verdad, es que con la escasa diferencia en potencia que puede haber, yo no me la jugaba Salu2No, no es como circular sin carne!!Carné tiene pero limitado.Es una multa administrativa, no recuerdo si ronda los 200€ sin puntos.Es peor tema del seguro, si hay atestado, muertos, hospitalizados etc.... Cuando el perito mire la limitación el seguro pagará la indemnización correspondiente y todos los gastos pero los reclamará al tomador del seguro. Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
C4RME18 Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 Si te pillan, pues tendrás la multa correspondiente, piensa que es como circular sin carnet y con una moto "trucada" Además, en caso de accidente grave, puedes llegar a tener problemas con el seguro La verdad, es que con la escasa diferencia en potencia que puede haber, yo no me la jugaba Salu2Tienes razonEnviado desde mi SM-N975F mediante Tapatalk Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Chulma Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 Hace 1 hora, Lito-277 dijo: No, no es como circular sin carne!! Carné tiene pero limitado. No, no tiene carnet ya que no se lo ha sacado El A2 no es un carnet limitado, es un carnet que te habilita para conducir motos de hasta 35KW de potencia, si conduces una moto más potente, te hace falta un carnet que te habilite para ello Salu2 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Lito-277 Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 No, no tiene carnet ya que no se lo ha sacado El A2 no es un carnet limitado, es un carnet que te habilita para conducir motos de hasta 35KW de potencia, si conduces una moto más potente, te hace falta un carnet que te habilite para ello Salu2No, estas equivocado, es más para sacar el A no tienes que hacer examen.Carné tienes, pero limitado.Multa administrativa y listo. Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Anxinhopg Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 Hace 1 hora, Lito-277 dijo: No, estas equivocado, es más para sacar el A no tienes que hacer examen. Carné tienes, pero limitado. Multa administrativa y listo. Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk Conducir moto sin carnet o conducir moto con el carnet no correspondiente es la misma ilegalidad, administrativa y penalmente. Yo con carnet de coche no puedo llevar un 16Tons obviamente, aunque los dos sean carnets. https://www.motopoliza.com/consejos-seguros-y-motos/ya-tengo-seguro/siniestros-moto/multa-por-conducir-sin-carnet/ Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
YaGaRo Publicado 11 de Enero del 2020 Compartir Publicado 11 de Enero del 2020 Hace 1 hora, Lito-277 dijo: No, estas equivocado, es más para sacar el A no tienes que hacer examen. Carné tienes, pero limitado. Multa administrativa y listo. Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk Eso no es así, el permiso A2 no es el mismo que el A, de igual manera que el C no es el mismo que el C+E Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Lito-277 Publicado 12 de Enero del 2020 Compartir Publicado 12 de Enero del 2020 Eso no es así, el permiso A2 no es el mismo que el A, de igual manera que el C no es el mismo que el C+EOs contesto a los dos juntosNo, no puedes llevar con el carnet de coche un camión, por supuesto, cada uno tienes su examen específico tanto teórico como práctico.Tampoco puedes llevar una moto de gran cilindrada con el A2, yo no estoy diciendo eso y estáis mail interpretando lo que digo.Estoy diciendo que el A2 es el carnet que te autoriza a llevar motocicletas, el cual tiene sus exámenes específicos tanto teórico, práctico y carretera. Este carnet A2 está limitado y para las motos de gran cilindrada, para pasar esa limitación hay que hacer un cursillo, para diferenciar las limitaciones se denomina ADicho esto.....si conduces una moto de gran cilindrada y no tienes el A no tienes responsabilidad penal, solo una multa administrativa que antes rondaba los 200€El ártico que habéis puesto dice bien claro que se consideran penales cuando no tienes carnet, lo tienes retirado o sin puntos. Pero en este caso, llevas carnet limitado por lo que no te autoriza a llevar esa cilindrada o potencia.Hay mucha gente que tiene limitaciones en el carnet de coche en velocidad por ejemplo y no les condenan a la cárcel por ir a 120 km/h, lo mismo que llevar un coche con remolque de más de 750kg sin el específico para ese remolque.Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Chulma Publicado 12 de Enero del 2020 Compartir Publicado 12 de Enero del 2020 Pus buscando un poco por internet, parece que el tema queda un poco confuso Qué nos puede pasar por conducir una moto limitada sólo en papeles con el A2 Desde cometer un delito penal hasta una sanción administrativa (500€ + 4 puntos) y la inmovilización del vehículo Y esto sería de cómo se interpretase el tener o no carnet de conducir Y sí, digo carnet ya que si se interpreta que sí se tiene carnet de conducir (cualquiera incluso el AM, B, C, A, etc) se queda en falta administrativa, si se interpreta que NO se tiene carnet, es delito penal Y la interpretación la puede hacer tanto el agente que te pare como el juez, otra cosa es que en un juicio se interprete lo más favorablemente a nosotros En cualquiera de los casos, si se conduce un vehículo sin el permiso correspondiente (no val el A2 para un vehículo A) el seguro no se hace cargo de los desperfectos y pensar que en la misma salida del párking podemos atropellar a una persona y dejarla inválida o aún peor y la correspondiente indemnización la tendríamos que pagar de nuestro bolsillo Salu2 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Lito-277 Publicado 12 de Enero del 2020 Compartir Publicado 12 de Enero del 2020 Pus buscando un poco por internet, parece que el tema queda un poco confusoQué nos puede pasar por conducir una moto limitada sólo en papeles con el A2 Desde cometer un delito penal hasta una sanción administrativa (500€ + 4 puntos) y la inmovilización del vehículo Y esto sería de cómo se interpretase el tener o no carnet de conducir Y sí, digo carnet ya que si se interpreta que sí se tiene carnet de conducir (cualquiera incluso el AM, B, C, A, etc) se queda en falta administrativa, si se interpreta que NO se tiene carnet, es delito penal Y la interpretación la puede hacer tanto el agente que te pare como el juez, otra cosa es que en un juicio se interprete lo más favorablemente a nosotros En cualquiera de los casos, si se conduce un vehículo sin el permiso correspondiente (no val el A2 para un vehículo A) el seguro no se hace cargo de los desperfectos y pensar que en la misma salida del párking podemos atropellar a una persona y dejarla inválida o aún peor y la correspondiente indemnización la tendríamos que pagar de nuestro bolsillo Salu2En lo del seguro tienes razón, pero el repunte es que si paga los desperfectos por que el vehículo está asegurado pero después se los reclama al tomador del seguro.Sobre inmovilizar el vehículo no es del todo cierto.... Por que el vehículo está legalmente, lo que no te dejan llevártelo más que en grúa o alguien que tenga el carnet apropiado para conducir dicho vehículo.No es lo mismo que si tenemos el carnet retirado o nunca has tenido un carnet de conducir.Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Chulma Publicado 12 de Enero del 2020 Compartir Publicado 12 de Enero del 2020 Hace 54 minutos , Lito-277 dijo: En lo del seguro tienes razón, pero el repunte es que si paga los desperfectos por que el vehículo está asegurado pero después se los reclama al tomador del seguro. Sobre inmovilizar el vehículo no es del todo cierto.... Por que el vehículo está legalmente, lo que no te dejan llevártelo más que en grúa o alguien que tenga el carnet apropiado para conducir dicho vehículo. No es lo mismo que si tenemos el carnet retirado o nunca has tenido un carnet de conducir. Enviado desde mi RNE-L21 mediante Tapatalk Sí y no Como todo es interpretativo te puede pasar de todo Desde que te inmovilicen el vehículo (pudiéndotelo llevar con grúa o remolque o con una persona habilitada como dices) Hasta pasar una noche en el calabozo Si te para agentes de tráfico, lo más normal es que sea una multa de 500€ + 4 puntos de retirada del carnet y no dejarte conducir la moto Si te para un agente local o de otros cuerpos, llevarte a comisaria y ponerte a disposición judicial (te pueden dejar en el calabozo y llevarte al día siguiente al juzgado o tramitar la denuncia, ponerte a disposición judicial y que sea el juzgado el que te cite) si te ponen a disposición judicial, dependiendo del juez y de tu abogado (saldrás en libertad justo después de declarar en todos los casos, a no ser que haya un fallecido en medio) lo más seguro es que salgas con cargos, que posiblemente deriven hacia una sanción administrativa y se archive el tema penal (insisto, siempre que no haya un fallecido en medio ya que entonces entra también en juego el abogado de la otra parte y puede pasar de todo, incluido el delito penal con pena de prisión) Si hay una víctima, te dará igual que pague o no el seguro, ya que te lo reclaman a ti y te joden la vida igual y si sólo son daños, pues bueno, prepara la cartera Salu2 Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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