jesmen Publicado 14 de Febrero del 2012 Compartir Publicado 14 de Febrero del 2012 Muchas personas (Yo una de ellas) llevamos gafas (lentes correctoras), ya sea para escribir , ver de lejos etc etc etc , es decir !!!!!!!Que nos hacemos mayores y necesitamos ver como ¿antes?¡¡¡¡¡¡¡¡ , por lo que en el permiso de conducir , llevo la correspondiente restricción, concretamente la que corresponde al Nº 01,,, muchos de nosotros se han operado de la vista por lo que no necesitan llevar gafas , pero.......resulta que en el carnét está especificado y el mismo tiene una vigencia que oscila en una cuantia de años según la edad que tenga el conductor.... mientras tanto que hago? ..... Lo más logico es que lo comuniques a tráfico ó que lleves un certificado médico que especifique la "operación realizada" a fín de evitar , posibles "denuncias"-"Multas" por no conducir con ellas.... Ciertamente se tipifica como punible aquella conducta consistente en "conducir el vehículo incumpliendo las condiciones restrictivas o menciones especiales que figuren en el permiso de conducción”. Particularmente conducir sin gafas, lentillas o similares constituye una conducta que encaja directamente en el art.2.3 del Reglamento General de Conductores, que impone el deber del titular del permiso de conducir de hacerlo con "sujeción a las menciones, adaptaciones, restricciones y otras limitaciones en personas, vehículos o de circulación que, en su caso, figuren en la correspondiente autorización o documento". Visto lo expuesto y dado que el art.65.4 de la Ley de Tráfico enumera las infracciones graves, no estando esta recogida, salvo que el circular sin gafas cree un gran riesgo para la circulación o las personas de forma concreta, la sanción a imponer sería de multa de hasta 90 euros. Eso si, es importante que recuerdes que la valoración del riesgo la realiza un agente de la autoridad, con lo cual, si dicho agente entiende que se ha creado un riesgo grave, sin perjuicio de que la sanción lleve aparejada la pérdida de puntos, te puedes encontrar con una multa de 90 a 300 euros. [angelito.gif] [angelito.gif] [angelito.gif]Y ya para acabar os comunico lo siguiente en caso de que esteis operados de la vista ..... Si te operas y dejas de necesitar lentes correctoras, debes de pasar nuevamente un reconocimiento médico y presentar el certificado de quien te opero, entonces te renuevas el permiso, pero es solo valido para un año, despues debes de volver a renovarlo y es para 5 mas, y después será ya para 10, Es mas, si te operas de miopia, artigmatismo y hipermetropia no puedes conducir durante 3 meses (esto te lo indican en la clinica) Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Mito Publicado 15 de Febrero del 2012 Compartir Publicado 15 de Febrero del 2012 Hola, yo llevo en la moto unas gafas de repuesto y conduzco con lentes de contacto. Me han parado muchas veces y tengo el carnet desde 1988 y jamás me han pedido las gafas de repuesto, es cierto que siempre las llevo o bien en el coche o en la moto. En tu caso para no perder tiempo ni dinero, yo llevaría las gafas por si te paran y siempre puedes decir o bien que llevas lentillas o te han operado. Supongo que tendrás un informe médico de tu operación, hazle una copia y guárdala con los papeles de la moto, así si te paran puedes certificar que te han operado. Cuando toque renovar el carnet de conducir te haces el reconocimiento y ya ven que no necesitas gafas, lo cual cuando ese informe vaya a tráfico ya no aparecerá el código y no necesitaras llevar de repuesto. Así te ahorras de perder tiempo y dinero ahora. Yo lo haría así. saludos Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
bifasico Publicado 15 de Febrero del 2012 Compartir Publicado 15 de Febrero del 2012 Buenas, yo nunca habia llevado gafas y me hice una revisiòn este verano porque me mareaba un poco y me saliò 1,25 y 0,50 que al parecer no es mucho, me dijo el òptico que solo me ponga las gafas para conducir y poco más que no las lleve siempre, la verdad que no sabia nada de lo que comentais ni me dijeron nada en la òptica del carnet ni nada y claro solo tengo unas gafas, ¿que hago? ¿Me hago otras de repuesto?¿o cuando vaya a la revisiòn no llevo las gafas? Además mi caso es que yo sin gafas casi que no noto la diferencia, de lejos un poquito veo borroso con un ojo pero casi nada, ahi dejo mi caso a ver que opinais jaja... Saludosss >>>Bifásico-Trifásico<<< Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
jesmen Publicado 15 de Febrero del 2012 Autor Compartir Publicado 15 de Febrero del 2012 Hola, yo llevo en la moto unas gafas de repuesto y conduzco con lentes de contacto. Me han parado muchas veces y tengo el carnet desde 1988 y jamás me han pedido las gafas de repuesto, es cierto que siempre las llevo o bien en el coche o en la moto. En tu caso para no perder tiempo ni dinero, yo llevaría las gafas por si te paran y siempre puedes decir o bien que llevas lentillas o te han operado. Supongo que tendrás un informe médico de tu operación, hazle una copia y guárdala con los papeles de la moto, así si te paran puedes certificar que te han operado. Cuando toque renovar el carnet de conducir te haces el reconocimiento y ya ven que no necesitas gafas, lo cual cuando ese informe vaya a tráfico ya no aparecerá el código y no necesitaras llevar de repuesto. Así te ahorras de perder tiempo y dinero ahora. Yo lo haría así. saludos Eso es cierto,,jamas te lo pediran ya que no está especificado en ningún sitio que sea obligado llevar lentes correctoras de repuesto. pero claro si llevo las gafas en la moto o otro vehículo y llevo la especificación en el carnet de restricción . tengo la obligación de llevar los papeles ....Bueno pues eso sí que me veo en la obligación ...otro papel más al Baúl...y ván.....:calor Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Mito Publicado 15 de Febrero del 2012 Compartir Publicado 15 de Febrero del 2012 En tu caso bifasico llevalas para conducir, pero no estas obligado por que en el carnet no pone nada. Ademas que es poquisimo lo que llevas saludos Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
LMN Publicado 16 de Febrero del 2012 Compartir Publicado 16 de Febrero del 2012 Hace ya algún tiempo, en los antguos carnets ponía en la parte trasera que debías llevar lentes para conducir (el que las necesitara claro), pero en los nuevos carnets no pone absolutamente nada y además hace ya bastante tiempo que no se exige llevar gafas de repuesto en el vehículo 8-) Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
benimaclet Publicado 16 de Febrero del 2012 Compartir Publicado 16 de Febrero del 2012 Llevar gafas de repuesto no es obligatorio pero si recomendable,si se os rompen y circulais sin gafas las necesitareis por que os son imprescindibles para una correcta vision. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
bifasico Publicado 16 de Febrero del 2012 Compartir Publicado 16 de Febrero del 2012 Yo me quiero hacer unas de sol graduadas para el verano llevarlas en el coche o la moto, y claro pensándolo bien sea obligatorio o no, el/la que tenga una graduaciòn alta supongo que es de sentido común llevar unas de repuesto por si acaso.. >>>Bifásico-Trifásico<<< Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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