pepevic Publicado 21 de Abril del 2015 Compartir Publicado 21 de Abril del 2015 Hola a todos! Por fin, este fin de semana, después de muchos días mirando anuncios por internet e incluso alguna visita fallida, fui a recoger una SD300 que me encajaba. La verdad que ha sido todo muy precipitado porque justo la semana pasada aprové el A2, y todavía estoy pendiente de recoger el carnet provisional... Además he pedido cita para el cambio de nombre en tráfico y tengo cita para la siguiente semana. Entretanto estoy apañando el tema del seguro y un casco y chaqueta nuevos, pero tenerla parada en el parking se me está haciendo eterno llorando_ . La pregunta es si una vez contratado el seguro puedo (legalmente) circular con la moto o tengo que esperar a tener el nuevo permiso de circulacion a mi nombre? Un saludo! Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
bautis Publicado 21 de Abril del 2015 Compartir Publicado 21 de Abril del 2015 Te lo muevo a consultoría a ver si alguien te lo aclara Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
guillermo_nerja Publicado 22 de Abril del 2015 Compartir Publicado 22 de Abril del 2015 Si has comprado un vehículo, debes inscribir éste a tu nombre en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. Si has adquirido el vehículo en un compraventa, es éste el que normalmente se encargará de efectuar la gestión, haciéndote entrega de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre. Si has adquirido el vehículo a un particular, recuerda que debes quedarte con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite), (trámite de transmisión del vehículo). A continuación debes efectuar los siguientes pasos: 1.- Abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) ante Hacienda de tu Comunidad Autónoma, aportando toda la documentación anterior. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Illes Balears, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal. 2.- Dirígete a cualquier Jefatura de Tráfico, previa petición de cita. 3.- Abonar las tasas y aportar toda la documentación necesaria para efectuar el trámite (nota informativa de la documentación). Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
guillermo_nerja Publicado 22 de Abril del 2015 Compartir Publicado 22 de Abril del 2015 tienes 15 dias maximo por el cual el contrato de compra venta te es util https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/tu-coche/cambios-titularidad-o-transferencias/ Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
POLI Publicado 23 de Abril del 2015 Compartir Publicado 23 de Abril del 2015 Hola Josep bienvenido,te saludo desde Molina de Segura... Poli cerveza_ Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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