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ME ACABAN DE DAR UN GOLPE EN LA MOTO


Invitado KIKI

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El seguro lo paga, aunque fuera borracho.

 

Y que lo hayas trincado, mejor. Luego el seguro se lo sacará del alma si hace falta. Entre eso, la multa, los puntos, etc. a ver si se le quitan las ganas de beber y coger el volante.

 

No se como te has aguantado de darle dos hostias.

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Quizas lo tengo mal entendido, pero no hay una claúsula en el seguro, en que si el asegurado, va "etílico" se desentienden de los daños causados?

Entonces es el causante quien tiene que responder con sus recursos propios, para paliar el daño causado, previa denuncia, juicio, y sentencia.

Un accidente con un "sin carné" un "etilico" o un "sin seguro", y además insolvente, a la larga, se hace cargo el Fondo de Compensación de Seguros, pero eso si, muy a la larga, cuando en el mejor de los casos, ya no nos acordamos del percance, y en caso de lentas recuperaciones, y por desgracia secuelas, se puede pedir una indemnización, a determinar por el juez de turno.

Asi lo tengo entendido y que me corrijan los "letrados" del foro.

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En casos como este, la cia de seguros está obligada a hacerse cargo del siniestro, la diferencia es que la cia de seguros reclamará a su cliente el importe del pago del daño. Esto es así incluso con vidas de por medio.

 

Pero no deja de ser una hijo pu######

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si tiene seguro no te preocupes, habrán instruido un Atestado por un presunto delito contra la seguridad del tráfico, te habrán citado para el ofrecimiento de acciones, este juicio irá por el procedimiento "juicios rápidos", y probablemente habrá conformidad. La Cia de seguros será obligada a pagar por el juez, ya que el resarcimiento a la víctima prevalece por encima de la cláusula privada del seguro, esto es, que el juez le dice la la Cia que pague, que la víctima no se va a quedar desamparada por mucho contrato que tenga con su asegurado, y que si quiere, luego, le reclame a éste las cantidades que crea, pero que pague.

 

Si no tiene seguro, o carné, o es robado el coche la cosa se complica algo.

 

Hola Galagor:

Que si, que si, que si.... muchas palmaditas en la espalda, mucho consuelo, mucho apoyo moral por parte de todos, pero vamos a ceñirnos al tema en cuestión, que atañe al compañero Matador.

Daños lesivos personales CERO, daños materiales a un bien privado, a determinar por un périto, y calificar su cuantía, para pedir responsabilidades pecuniarias, por parte del damnificado el Matador, a la compañia de seguros del causante.

Pero repasando mi póliza de seguro, hay un apartado en "letra pequeña", que dice que los siniestros ocasionados en la conducción bajo los efectos de substancias estupefacientes o alcohol, "SE LAVAN LAS MANOS".

Esto no es lo mismo que dar un golpe a un vehiculo contrario, y con un "parte amistoso" (con seguro por ambas partes) se ponen de acuerdo las compañias aseguradoras, y la cosa no va a más.

Aunque haya atestado por parte de la autoridad local, dando la razón a Matador, y atestiguando que el interfecto, no estaba en sus facultades para conducir, hay que ver en que situación legal y documental, estaba el CA....en el momento del percance, y es a partir de ahi, en que la cosa puede derivar a largo plazo, para resacirle de los daños ocasionados.

A mi modo de entender, creo que es lo mismo que me atropelle (con la razón de mi parte) un "sin seguro" que un "etílico".

A ver que dicen los" abogados" del foro, y a lo mejor voy confundido y me sacan de mi error.

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si tiene seguro no te preocupes, habrán instruido un Atestado por un presunto delito contra la seguridad del tráfico, te habrán citado para el ofrecimiento de acciones, este juicio irá por el procedimiento "juicios rápidos", y probablemente habrá conformidad. La Cia de seguros será obligada a pagar por el juez, ya que el resarcimiento a la víctima prevalece por encima de la cláusula privada del seguro, esto es, que el juez le dice la la Cia que pague, que la víctima no se va a quedar desamparada por mucho contrato que tenga con su asegurado, y que si quiere, luego, le reclame a éste las cantidades que crea, pero que pague.

 

Si no tiene seguro, o carné, o es robado el coche la cosa se complica algo.

 

 

 

 

Hola Galagor:

Que si, que si, que si.... muchas palmaditas en la espalda, mucho consuelo, mucho apoyo moral por parte de todos, pero vamos a ceñirnos al tema en cuestión, que atañe al compañero Matador.

Daños lesivos personales CERO, daños materiales a un bien privado, a determinar por un périto, y calificar su cuantía, para pedir responsabilidades pecuniarias, por parte del damnificado el Matador, a la compañia de seguros del causante.

Pero repasando mi póliza de seguro, hay un apartado en "letra pequeña", que dice que los siniestros ocasionados en la conducción bajo los efectos de substancias estupefacientes o alcohol, "SE LAVAN LAS MANOS".

Esto no es lo mismo que dar un golpe a un vehiculo contrario, y con un "parte amistoso" (con seguro por ambas partes) se ponen de acuerdo las compañias aseguradoras, y la cosa no va a más.

Aunque haya atestado por parte de la autoridad local, dando la razón a Matador, y atestiguando que el interfecto, no estaba en sus facultades para conducir, hay que ver en que situación legal y documental, estaba el CA....en el momento del percance, y es a partir de ahi, en que la cosa puede derivar a largo plazo, para resacirle de los daños ocasionados.

A mi modo de entender, creo que es lo mismo que me atropelle (con la razón de mi parte) un "sin seguro" que un "etílico".

A ver que dicen los" abogados" del foro, y a lo mejor voy confundido y me sacan de mi error.

 

 

El que no está cubierto es el borracho, el dañado si. El borracho paga la factura completa ya que su compañía se la reclamará.

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No os hagáis líos.

 

La compañía contraria efectivamente "se lavará las manos", pero no de la forma que pensáis.

Están obligados a pagar por el Seguro de ¨Responsabilidad Civil de Vehículos a Motor (Llamado comúnmente obligatorio), al damnificado por su cliente, siempre que éste esté identificado, vaya borracho, pedo o de cualquier otra forma.

Su lavado de manos es con respecto a su propio cliente (el "intoxicado etílico"). La compañía tiene el llamado "Derecho de Repercusión", que también veréis en el condicionado de la póliza, y éste derecho le faculta para repercutir contra dicha persona, es decir, reclamarle las cantidades que se haya visto obligada a indemnizar.

 

Por eso le decía en el primer post que su sompañía se ocupará de "sacárselo del alma" si procede.

 

Esto mismo sucede cuando se deja el coche o la moto a tu hijo sin tenerlo asegurado. Si provoca daños, la compañía los va -como si dijéramos a adelantar-, pero se los reclamará a su cliente.

 

Respecto del Consorcio, de lo que se ocupa es de si hay un causante no identificado, pero que se sabe mediante pruebas testificales u otras, que existe, o bien en el caso de robo del vehículo.

 

NO TENGO DUDAS AL RESPECTO.

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No os hagáis líos. Lo han dicho bien Galagor y Dove.

 

La compañía contraria efectivamente "se lavará las manos", pero no de la forma que pensáis.

Están obligados a pagar por el Seguro de ¨Responsabilidad Civil de Vehículos a Motor (Llamado comúnmente obligatorio), al damnificado por su cliente, siempre que éste esté identificado; da igual que vaya borracho, pedo o de cualquier otra forma.

Su lavado de manos es con respecto a su propio cliente (el "intoxicado etílico"). La compañía tiene el llamado "Derecho de Repercusión", que también veréis en el condicionado de la póliza, y éste derecho le faculta para repercutir contra dicha persona, es decir, reclamarle las cantidades que se haya visto obligada a indemnizar.

 

Por eso le decía en el primer post que su Compañía se ocupará de "sacárselo del alma" si procede.

 

Esto mismo sucede cuando se deja el coche o la moto a tu hijo sin tenerlo asegurado. Si provoca daños, la compañía los va -como si dijéramos a adelantar-, pero se los reclamará a su cliente.

 

Respecto del Consorcio, de lo que se ocupa es de si hay un causante no identificado, pero que se sabe mediante pruebas testificales u otras, que existe, o bien en el caso de robo del vehículo.

 

NO TENGO DUDAS AL RESPECTO.

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Hasta que punto suelen ser rápidos este tipo de juicios, que muchas veces llegan a celebrarse antes de que nuestro cliente nos traiga el parte de accidente. Por ejemplo, a mi me ha sucedido que un accidente ocurrido un viernes por la noche, se ha celebrado el juicio el lunes a primera hora, y mi cliente me ha traído el parte después, junto con la sentencia, el lunes a media mañana.

El último caso que he tenido, hace bien poco...

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Justo ahora mismo, al terminar mi post anterior, me ha venido a la memoria el caso del compañero DeCePe, en que tuvo un grave accidente, con una conductora, que no estaba capacitada para conducir, y estaba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ocasinándole graves lesiones físicas, con secuelas importantes para desarrolar su vida normal, y que todavía esta en fase de recuperación (ánimo Daniel, que estás en nuestro corazón y pensamiento).

Habría que preguntarle, como le ha ido en el tema legal del "papeleo" y responsabilidades contrarias, en lo referente al seguro del causante.

Desde aqui quisiera pedir perdón a Daniel, por comparar un tema grave de lesiones físicas, y no poder andar en mucho tiempo, en un asunto de plásticos de 4 euros, como le ocurre a Matador, PERO la casuística va por el mismo sendero.

Mis disculpas Daniel, por mencionar tu asunto, pero los daños, ya sean físicos o materiales, pasan por el mismo baremo según el juez, que determina la cuantia de los mismos.

Un abrazo Daniel-

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Menos mal que no ibas encima. Ahora a esperar que te la arreglen. Por cierto felicidades para tu hija. Saludos.

 

 

 

 

+1

 

Matador, ahora lo importante es disfrutar de la celebración con la familia y mañana ya se vera. Animo, seguro que todo se resuelve sin grandes problemas.

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...... la justicio al menos en Espana deja mucho que desear.....
No creas, en este asunto, les ponen una buena multa, eso si no tienen antecedentes, que ya es peor...

Les quitan creo recordar que 6 puntos, y el carnet por una buena temporada que veo muchas veces un año e incluso más. Y si tiene que pagar los daños, etc.... Ah, y casi seguro juicio rápido.

 

Vamos, que no se irá de rositas el amigo... :demonio

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